Al respecto, el artículo 8 de la citada norma, regula el registro y autorización de establecimientos para la realización de cualquier clase de evento que implique presencia de aves; determinando que, el plazo máximo de los procedimientos para el registro es de treinta (30) días hábiles improrrogables, salvo disposición expresa en contrario de la Ley; es decir, el SENASA deberá pronunciarse sobre la “solicitud de autorización sanitaria para la realización de eventos gallísticos”, dentro de dicho plazo. Por lo tanto, a su vencimiento, sin que SENASA hubiera emitido el pronunciamiento correspondiente, se deberá considerar automáticamente aprobada la solicitud de autorización sanitaria.
En ese contexto, a efectos de obtener la respectiva autorización sanitaria para la realización de ferias, exposiciones o cualquier clase de evento que implique presencia de aves, se deberá considerar lo siguiente:
- La realización de cualquier clase de evento que implique presencia de aves, deberá ser autorizada previamente por la Dirección Ejecutiva del SENASA, de la correspondiente circunscripción territorial.
- Está prohibida la instalación de coliseos de gallos al interior de viviendas ubicadas en zonas urbanas según lo establezca la autoridad municipal competente.
- Los coliseos de gallos, no podrán instalarse alrededor de establecimientos avícolas que tengan registro vigente.
En atención a lo anteriormente expuesto, de conformidad con el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de SENASA, se detalla el trámite a seguir para obtener la autorización sanitaria:
- Solicitud dirigida al Jefe del Área de Sanidad Animal de la Dirección Ejecutiva de la jurisdicción.
- Pago al Banco de la Nación – 0.986% UIT (S/ 48.81)
- El procedimiento se inicia a través de la Mesa de Partes de cualquier dependencia del SENASA www.senasa.gob.pe
- Seguir procedimiento establecido.
- Recabar el Certificado de Autorización.
En caso se declare la improcedencia a la solicitud de autorización sanitaria, solo procede el recurso impugnatorio de Apelación, el cual se deberá presentar dentro de los 5 días hábiles de notificada la resolución.
Se debe precisar que, la “solicitud dirigida al Jefe del Área de Sanidad Animal de la Dirección Ejecutiva de la jurisdicción”, corresponde Formato cod.: CEESA-04 (Excel) elaborado por el SENASA, el mismo que se adjunta al presente artículo con la finalidad que pueda ser descargado por los amigos galleros interesados.
Solo la prevención sanitaria protegerá de la Influenza Aviar a nuestras aves de combate.