Cabe precisar que, el citado Reglamento regulas todas las peleas de gallos a navaja organizadas en la provincia de Lima, pudiendo ser utilizado y adaptado por los municipios del Perú.
De conformidad a lo dispuesto en los Capítulos III y V del precitado Reglamento, se consideran “actuantes” al juez, propietario del galpón, amarradores y careadores; en ese sentido, se deberá considerar, principalmente:
Con relación al amarrador:
- No podrá ser menor de edad.
- Debe ser persona competente y experimentada en su oficio.
- Ante incompetencia manifiesta, se podrá prohibir el ejercicio de su función o su cambio, antes o durante el desarrollo de la pelea.
- No podrá actuar en estado de ebriedad.
- Se encuentra prohibido de fumar mientras ejerza su labor dentro del ruedo.
- Deberá amarrar la navaja en un tiempo prudencial, sin demoras que pueda perjudicar al gallo contendor.
- Será sancionado si para un gallo en la cancha o demora en retirarlo del ruedo, para refutar la sentencia del juez.
El Amarrador, cumple uno de los roles más importantes para el desarrollo de una pelea; puesto que, fija la navaja en el punto exacto y a la altura adecuada con la finalidad de apoyar al combatiente en el momento de la batalla.
El Primer canto